8 abr 2011

Diferencia entre Derechos reales y personales

Pues bien, la gran diferencia es muy clara mientras que los Derechos reales son derechos inherentes al Derecho Privado, donde el principal objeto de protección es el patrimonio, el cual está avaluado en dinero; en los Derechos Personales, el objeto de derecho tiene que cumplir con las obligaciones que emanan del acto jurídico que ha acontecido por su mano. Estas obligaciones són las de Dar, Hacer o No Hacer. Las mismas que pueden ser reguladas mediante contratos de creditos, venta, alquiler, etc.

No se debe confundir los Derechos Personales con los Derechos Personalísimos. Estos últimos son derechos inherentes a la persona e intransferibles por ningún tipo de contrato y obligación, simplemente no son materia de ningún tipo de transferencia.

Por ejemplo: El Derecho real sobre un bien, se adquiere al momento mismo de la transferencia del mismo -el tema de la trasnferencia y sus implicancias se desarrollará en otro post- pero esto no implica que no se puede volver a transferir el bien materia del ejemplo, pues de quererlo y ser necesario podría realizarse cuantas transferencias existan sin tener límite alguno. Pero en los Derechos Personales, tales como las obligaciones de Hacer un pago, Dar o entregar un bien, o Hacer una actividad, etc, son derechos que se desprenden del acto jurídico en sí  y de la titularidad del bien.

Muy distinto son los Derechos Personalísimos, tal es el caso del Derecho al nombre o a la nacionalidad, los mismos que no son materia de transferencia. Pues una persona no puede vernderlos, ni alquilarlos pues son inherentes a la persona.

17 mar 2011

Características del contrato de Trabajo:

Las características de un contrato de trabajo deber ser:
1.- Tiene que haber una prestación Personal
2.- Tiene que haber una remuneración
3.- Tiene que estar presente el principio de subordinación.

Importancia del Derecho de Trabajo

La importancia del Derecho de trabajo se basa en la necesidad de proteger al más débil de la relación laboral, el trabajador.

Autonomía del Derecho de Trabajo

Nació como parte del Derecho Civil, a comienzo del S. XIX. Toma autonomía, al crear un perfil independiente por la necesidad de especialización. Es autónomo por sus normas y principios. Por ejemplo; los jueces de paz absuelven conflictos laborales cuando la cuantía no exceda de 10 URP. Sí la cuantía excede dicho monto el competente es un juez de trabajo propiamente dicho.

7 mar 2011

Derecho Laboral Parte 1

El Derecho laboral es un conjunto de normas jurídicas con el objeto de proteger a quién ya posee un trabajo estable, como a quienes mantienen una precariedad contractual de trabajo. Las normas laborales buscan proteger al más débil de una relación laboral: el trabajador.



Campo de Aplicación:

El campo de aplicación abarca el sector público como privado (Ley N° 276, Ley N° 728, respectivamente).

Trabajadores del Régimen de la Actividad Privada – Ley N° 728

Concepto de empleador.- Toda persona que tiene bajo su dependencia a personas (obreros y empleados), que puede ser natural o jurídica.

Concepto de trabajador.- Persona natural que trabaja bajo la influencia de un empleador, bajo contrato verbal o escrito.