17 mar 2011

Características del contrato de Trabajo:

Las características de un contrato de trabajo deber ser:
1.- Tiene que haber una prestación Personal
2.- Tiene que haber una remuneración
3.- Tiene que estar presente el principio de subordinación.

Importancia del Derecho de Trabajo

La importancia del Derecho de trabajo se basa en la necesidad de proteger al más débil de la relación laboral, el trabajador.

Autonomía del Derecho de Trabajo

Nació como parte del Derecho Civil, a comienzo del S. XIX. Toma autonomía, al crear un perfil independiente por la necesidad de especialización. Es autónomo por sus normas y principios. Por ejemplo; los jueces de paz absuelven conflictos laborales cuando la cuantía no exceda de 10 URP. Sí la cuantía excede dicho monto el competente es un juez de trabajo propiamente dicho.

7 mar 2011

Derecho Laboral Parte 1

El Derecho laboral es un conjunto de normas jurídicas con el objeto de proteger a quién ya posee un trabajo estable, como a quienes mantienen una precariedad contractual de trabajo. Las normas laborales buscan proteger al más débil de una relación laboral: el trabajador.



Campo de Aplicación:

El campo de aplicación abarca el sector público como privado (Ley N° 276, Ley N° 728, respectivamente).

Trabajadores del Régimen de la Actividad Privada – Ley N° 728

Concepto de empleador.- Toda persona que tiene bajo su dependencia a personas (obreros y empleados), que puede ser natural o jurídica.

Concepto de trabajador.- Persona natural que trabaja bajo la influencia de un empleador, bajo contrato verbal o escrito.

4 mar 2011

CLASES DE TRIBUTOS - II

¿Cuál es la definición de cada uno de ellos?

A continuación se detallará los conceptos de cada uno de ellos, expuestos sustancialmente.

Las tasas:

son tributos impuestos a los administrados, donde el hecho imponible se da en razón de la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público o en la prestación de servicios o realización de actividades de Derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al contribuyente.

Impuesto:

Se le considera uno de los más importantes, debido a que no es necesaria la acción por parte de la Administración, o que realice una actividad o preste un servicio. Pues, sólo bastará con que se configure el hecho imponible. El hecho imponible previsto por ley, se configura cuando el administrado genera productividad y ganancia en sus propiedades o diferentes bienes o negocios. Esto lo vuelve sujeto con capacidad contributiva.

Contribuciones Especiales:

El hecho imponible a las contribuciones especiales es cuando la Administración, sea local, regional o nacional, realiza una obra que de alguna forma eleva el precio del patrimonio del administrado. Las obras públicas pueden ser de mejoramiento o de extensión de las mismas.

CLASES DE TRIBUTOS

Concepto:

Constantemente escuchamos esta palabra: “Tributo”. ¿Pero qué significa realmente? Tributo es una palabra que según la Real Academia Española – RAE: significa “Obligación dineraria establecida por la ley, cuyo importe se destina al sostenimiento de las cargas públicas”. Esta definición es muy clara, y precisa que la base del gasto público depende de la tributación ciudadana.

En líneas generales existen 3 clases de tributos. Estos son:

1.- Tasas

2.- Impuestos

3.- Contribuciones

CONCEPTO DE TRIBUTO

¿Qué es un tributo?

En líneas generales el tributo es una prestación dineraria que todo ciudadano cumple con pagar al estado y otra entidad pública con el único fin de subvencionar el gasto público. Existe una obligación de dar (contribuyente) y otra de recibir (Administración), pero sin contra prestación.